Admitió parcialmente  la acusación, presentada por la Fiscalía del Ministerio Público, 
toda vez que la representante de la misma, procedió en la audiencia preliminar a 
subsanar el error involuntario que quedó incluido en el escrito acusatorio por cuanto 
el niño allí mencionado es inimputable, y subsanó verbalmente el error involuntario
Admitió todas y cada una de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, 
todo de conformidad con los artículos 308 del Código Orgánico Procesal Penal y 579
 literal "F" de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, 
comparte la precalificación jurídica,  aportada en el escrito acusatorio por la 
Representación Fiscal por la presunta comisión en el  delito  ABUSO SEXUAL, 
previsto  en el artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas 
y Adolescentes. Se acordó el enjuiciamiento del adolescente JANPIER JAVIER PEÑA 
SOSA, de conformidad con lo previsto en el artículo 579 de la Ley Orgánica Par.....