Este Juzgado de de Primera Instancia , en funciones de Control N° 4 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, decreta EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, Y SE EXTINGUE LA ACCION PENAL a favor de JUAN JOSE SUESCUM CARRERO, venezolano, residenciado en el Barrio La Blanca, Sector las Rurales, Calle 07, Casa sin número, El Vigía Estado Mérida, en perjuicio de ROSALIA ZAMBRANO DE GARCÍA venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 9.199.040, residenciada en la Calle 08, con Avenida 12, Casa Nº 7-30, El Vigía Estado Mérida, con fundamento legal en los artículos 2, 26, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en los artículos , 173, 318 ordinal 3º, 320, 323, y 324 , 48 ordinal 8° del Código Orgánico Procesal Penal y de los artículos 455 ordinal 3°, 110, 108 ordinal 4°, del Código Penal Venezolano. Notifíquese de la presente.....