SEPTIMO: SE ACUERDA OFICIAR A LA DIVISION DE ANTECEDENTES PENALES, A LA ONIDEX, AL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL, remitiendo copias certificadas de la sentencia, una vez quede firme la misma. OCTAVO: Se deja expresa constancia, que en la audiencia se respeto el Debido Proceso, y las Garantías Constitucionales, los Tratados y Convenios suscritos por la Republica de Venezuela con otras Naciones, en materia de Derechos Fundamentales.
EL JUEZ DE JUICIO N° 05
ABG. CARLOS LUIS MOLINA ZAMBRANO
LA SECRETARIA