Este Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida por el Juzgado Segundo de Los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÓN Este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, visto el pedimento y en cumplimiento de la comisión conferida Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara formal y solemnemente Secuestrado el inmueble de conformidad con lo establecido en el artículo 34 literal "A" de la ley de Arrendamientos Inmobiliarios. deposita el inmueble (local comercial) secuestrado, totalmente desocupado en la persona de su propietario ciudadano: German José Rojas Guerra, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.270.912, representado en este acto por su Apoderado Judicial Abogado.....