declara la conversión de la separación de cuerpos existentes entre los cónyuges ciudadanos JUAN CARLOS LUZARDO García A Y DEICY COROMOTO TERAN MORENO, declarada por este Tribunal según auto de fecha 21 de mayo de 2003, en divorcio.
Como consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los citados cónyuges, según consta del acta de matrimonio, que fue celebrado por ante la Prefectura Civil del Municipio Andrés Bello del Estado Mérida, en fecha 26 de marzo de 1999, acta Nro. 08, año 1999.
El Tribunal homologa lo acordado por los cónyuges en el escrito de separación de cuerpos introducido en fecha 21 de mayo de 2003, que obra al folio 01 y su vuelto del presente expediente.