PRIMERO: se DECRETA MEDIDA DE PROTECCIÓN OFICIOSA AMBIENTAL, sobre el lote de terreno denominado "Villa Mercedes", ubicado en el sector La Hechicera, municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida, constante de treinta y cuatro mil seis cientos sesenta y cuatro metros cuadrados (34.664,00mts) aproximadamente, en virtud, que dicho lote de terreno está ubicado dentro de plan de ordenamiento territorial ubicado bajo los lineamientos de la poligonal de la Zona Protectora del Parque Metropolitano Albarregas. Y así se decide.