Este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 01 del Sistema Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: Primero:En tal sentido, ante la imposibilidad cierta e inmediata de encuadrar los hechos objeto de la presente investigación en tipo penal alguno, este Tribunal no comparte la precalificación jurídica realizada por el Ministerio Público. Segundo: Así las cosas, tomando en consideración lo arriba expuesto y como muy acertadamente lo ha solicitado el Defensor Público Especializado, en el presente caso resulta procedente declarar sin lugar la solicitud de aprehensión en flagrancia del adolescente (IDENTIDAD OMITIDA), ello, con fundamento en el artículo 557 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Pena.....