Como quiera que del cómputo que antecede se puede constatar que el recurso de apelación formulado por la abogada en ejercicio BEATRIZ SANCHEZ H., contra decisión dictada por este Tribunal en fecha 28 de Julio de 2.011 (folios del 263 al 272), fue interpuesto dentro del lapso legal, este Tribunal de conformidad con el artículo 291 del Código de Procedimiento Civil, admite dicha apelación en un solo efecto, con las copias que tengan a bien indicar las partes, así como las que a tal fin considere pertinente indicar este Tribunal, tal y como lo establece el artículo 295 del Código de Procedimiento Civil, e indicadas que sean las mismas, se certificaran ---por auto separado--- y se remitirán al Juzgado Superior Distribuidor, a los fines de que aquel de los dos Tribunales Superiores, al que corresponda por efecto del sorteo reglamentario, conozca y decida de la apelación que se le defiere.
EL JUEZ TITULAR,
ALBIO CONTRERAS ZAMBRANO
LA SECRETARIA TITUL.....