Se ADMITIÓcuanto ha lugar en derecho la pretensión autónoma de amparo constitucional contra conductas omisivas atribuidas al Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en El Vigía, propuesta por la empresa C.A. SEGUROS GUAYANA, por intermedio de su coapoderado judicial, profesional del derecho WOLFRED MONTILLA BASTIDAS, y, por consiguiente, se ORDENÓ su sustanciación conforme a las pautas procedimentales establecidas al efecto por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en sentencia número 7, del 1º de febrero del 2000 (caso: José Amado Mejía Betancourt).