PRIMERO: De conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código adjetivo penal CONDENA al acusado ciudadano: JAVIER ROSSETTI RAMÍREZ ALVARADO, venezolano, natural de Mérida, Estado Mérida, nacido en fecha 14/09/1983, de 30 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad número: V-15.754.717, grado de instrucción; secundaria, ocupación u oficio; operador telefónico, hijo de Tatiana Coromoto Alvarado (V), y Rossetti Ramírez (V), domiciliado en: Los Curos, parte media, bloque 22, apartamento 1-1, Municipio Libertador del Estado Mérida. Teléfono: 0274/2668204. (Actualmente recluido en el Reten Policial del estado Mérida), por la comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la colectividad y el delito de OCULTAMIENTO ILÍCITO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 primer apart.....