Este JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS TOVAR, ZEA, GUARAQUE Y ARZOBISPO CHACÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARÓ FORMALMENTE SECUESTRADO el bien inmueble así como los bienes muebles señalados en el acta respectiva, DECRETÓ la desposesión jurídica de los mismos y se designó al ciudadano RAFAEL ANGEL PRADA MORENO para que ejerza la guardia y custodia del bien inmueble y los bienes muebles secuestrados, quedando así en conocimiento de las normas que debe cumplir contempladas en la Ley sobre Deposito Judicial.