"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por el ciudadano Florencio Avendaño Albornoz, asisitido por el abogado en ejercicio José Luis Valero Avendaño, a través del cual incoó demanda contra los ciudadanos Blanca Estela Rojas y Nelson Enrique Saavedra De Jesús, por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil, por ser contraria a derecho. Así se declara..."