Este  TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS  DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA  CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA,  administrando  justicia  en  nombre de la  República   Bolivariana   de   Venezuela   y   por   autoridad de la  Ley,  DECLARA: 
PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia con carácter vinculante de la Interpretación  Constitucionalizante  del   mencionado Articulo,  realizada por la Sala  Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Sentencia Nº 1070;  la solicitud formulada por los ciudadanos   YREIBA DEL ROSARIO RIVAS SANTIAGO y YONIS JOSE VERGARA,  cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 10.909.712 y V- 11.897.769, en su orden respectivo,   domiciliados la  primera en la Urb. Chijos  II, Calle Nº 3, casa  Nº. 08, y el segundo domiciliad.....