Este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MIRANDA Y PUEBLO LLANO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR de conformidad con el Artículo 185 del Código Civil, en concordancia con la Sentencia con carácter vinculante de la Interpretación Constitucionalizante del mencionado Articulo, realizada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 09 de Diciembre del año dos mil dieciséis (2016), Sentencia Nº 1070; la solicitud formulada por los ciudadanos YREIBA DEL ROSARIO RIVAS SANTIAGO y YONIS JOSE VERGARA, cónyuges, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V- 10.909.712 y V- 11.897.769, en su orden respectivo, domiciliados la primera en la Urb. Chijos II, Calle Nº 3, casa Nº. 08, y el segundo domiciliad.....