este Tribunal de Control N° 06, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE PRESENTE LA CAUSA, de conformidad con el artículo 318 ordinal 1°, del Código Orgánico Procesal Penal, a favor del imputado: JOSE ISIDRO ALIENDRES CARRERO, venezolano, de 19 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N° 17.027.678, residenciado en el Sector de Quebrada Blanca, parte alta, al lado del Ambulatorio Rural, casa sin frisar, al lado de la residencia de la señora Alba Morales, y como víctima OLGA MARIA ARAQUE, venezolana, de 42 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad N° 9.024.763, residenciada en el Barrio Campo Alegre, calle principal, casa 1-335. Notifíquese a las partes. Fiscal del Ministerio Público, a la víctima y al imputado. Remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Estado Mérida, a los fines de su conservación y archivo del mismo. Se fundamenta la misma en los a.....