DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL PRIMERO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Hecho, interpuesto por la profesional del derecho YOLANDA MARGARITA RINCÓN SÁNCHEZ, con el carácter de Apoderada Judicial de la parte demandada en el juicio que por Derecho a la Jubilación Especial y sus Beneficios, sigue el ciudadano LEOPOLDO CALDERON RAMIREZ, en contra de la Sociedad Mercantil Compañía Anónima Nacional Teléfonos de Venezuela (CANTV) por ante el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, contra el auto de fecha 7 de diciembre de 2007, que no admitió el recurso de apelación interpuesto.
SEGUNDO: SE CONDENA EN COSTAS a la parte demandada y recurrente de hecho, de conformidad con el.....