Resuelve: Declarar Bastantes las probanzas evacuadas, para acreditar a favor de la ciudadana GREIDA DAYANA BECERRA CALDERON en su carácter de esposa, a los niños OMITIR NOMBRES, y al ciudadano CRISTIAN JAVIER URDANETA VIELMA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del Causante WILFREDO ANTONIO URDANETA DEL MAR, quien en vida era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.393.707. Con vocación hereditaria y derechos sobre el acervo de bienes de la fallecida, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Se dejan a salvo los derechos de terceros