En virtud de lo expuesto anteriormente, este Tribunal en Funciones de Juicio N° 01, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Medida Humanitaria para los acusados JOSÉ ROSARIO JIMÉNEZ CHÁVEZ y FREDDY JOSÉ JIMÉNEZ VILLANUEVA, y por consiguiente deberán continuar en lo sucesivo privados judicialmente de libertad. Por cuanto fue recomendado por el Experto Profesional Dr. FAUSTINO ENRIQUE VERGARA ROJAS, una Valoración por Neurología al acusado JOSÉ ROSARIO JIMÉNEZ CHÁVEZ, es por lo que SE ACUERDA trasladar al mismo hasta el Departamento de Neurología del Instituto Autónomo Hospital Universitario de los Andes, ubicado en la ciudad de Mérida, para el día Jueves 22 de Febrero de 2007 a las Siete de la mañana (07:00 a.m.), a los fines de que se le practique la referida Valoración. Así se decide. Ofíciese al Departamento de Neurología del.....