por consiguiente ESTE TRIBUNAL TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, de conformidad con lo previsto en el articulo 255 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA LA PRESENTE TRANSACCION, en consecuencia se le imparte el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, se da por terminado el presente Juicio y se ordena el Archivo del expediente. Agréguese a los autos el cuaderno de secuestro librado en el presente juicio. Igualmente se acuerda oficiar al Juzgado Primero de Primera Instancia en lo civil, mercantil y del transito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, a los fines de que se sirva devolver las copias certificadas que fueran enviadas en vista de la apelación formulada por la parte demandada. Ofíciese.
LA JUEZ TEMPORAL,
ABG. MARIA ELCIRA MARIN OSORIO.
LA SECRETARIA ACCIDENTAL,
ABG. THAIS C. BRICEÑO H.