ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la CAUSA, en aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 418 y 108 ordinal 6° y 109 del Código Penal, a favor del imputado JOAQUÍN PÉREZ, Venezolano, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-9.199.789, residenciado en el Barrio La Blanca, calle 8, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida, por el delito de LESIONES LEVES, cometido en perjuicio de: BERÓNICA MANRIQUE, Venezolana, de 31 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 28083.428, residenciada en el Barrio La Blanca, calle principal, cerca de la Campiña, casa s/n, El Vigía, Estado Mérida. SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesaria debatir los fundamentos de la .....