Este Tribunal en cumplimiento a comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida se trasladó y constituyó en el sitio indicado por la parte actora; para dar cumplimiento a lo ordenado en el cuaderno de Secuestro CONCLUSIÓN: Este Tribunal de conformidad con el artículo 599 ordinal 7mo del Código de Procedimiento Civil, deposita el inmueble en la persona de su propietario Ciudadano Luís Alberto Cabrita, según documento de propiedad que en copia simple presento en este mismo acto, quien estando presento lo recibe junto con los bienes muebles que se encontraban en el mismo previa verificación de sus condiciones, según el inventario de los mismos que en copia fotostática certificada presento al efecto, y cumplida como fue la comisión la devuelve al comitente dejando en su lugar copia fotostática certificada para el archivo del mismo.-