Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 03 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA EXTENSIÓN EL VIGÍA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECLARA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra de ELIEZER BELANDRIA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 4.255.652, residenciado en Avenida Principal casa Nº 10, Bailadores, Estado Mérida y LUIS MORAN, venezolano, de 46 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.510.049, residenciado en Cuatro Esquinas, Hacienda La Libertad, Estado Zulia, por la presunta comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 417 en concordancia con el artículo 422 numeral 2 del Código Penal vigente para la fecha en la cual ocurrieron los hechos, en perjuicio del ciudadano ASDRUBAL GUERRA, antes identificado. Notifíq.....