Se declaró INADMISIBLE la apelación interpuesta el 25 de julio de 2013, por la abogada ROSALÍA VALERO DE DURÁN, coapoderada judicial de los ciudadanos INDALECIO GUILLÉN ARAQUE y FRANCISCA RIVAS DE GUILLÉN, contra la sentencia dictada el 11 de julio de 2013, por el JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA.