Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Juzgado de Primera Instancia Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estadio Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAY POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA INSTRUIDA EN CONTRA DE JEAN CARLOS CARRILLO, Jean Carlos Carrillo, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V. 14.529.543, domiciliado en la Urbanización Buenos Aires, Calle 10 con avenida 4, Casa Nº 3-55, El Vigía Estado Mérida, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS MENOS GRAVES, previsto y sancionado en los artículos 420 ordinal 1°, en armonía con el artículo 413 ambos del Código Penal, en perjuicio de los niños: YADIRA DEL CARMEN ZAMBRANO GUILLEN, YUSMARY PALOMINO GUILLÉN, y JESUS DAVID RUBIO, del adulto VICTOR SEGUNDO ZAMBRANO LEAL. Fundamento la presente decisión en los artículos 461, 103 del Código.....