Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 22-04-2.010, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nro. 5 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, cursante del folio 378 al 394 de las actuaciones, mediante la cual condenó al ciudadano Fuad Chady Zahalan Ghanem, venezolano, soltero, comerciante, de treinta y tres (33) años de edad, titular de la cédula de identidad N° 18.264.808, nacido el veintiuno de agosto de mil novecientos setenta y seis (21.08.1976), domiciliado en la vía de servicio, edificio Makled, PH, Tocuyito, Valencia estado Carabobo, hijo de Sami Zahalan y Johana de Zahalan. Por el delito de, Homicidio Culposo, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal; a cumplir la pena de: DOS (02) AÑOS, DE PRISIÓN, y la suspensión de la licencia de conducir, de conformidad con los artículos 45 y 116 numeral 4 literal b de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, toda vez que cuando ocurrió el hecho no había en.....