De conformidad con lo establecido en el artículo 349, 375 del Código Orgánico Procesal Penal (según Gaceta Oficial Extraordinario N° 6078, de fecha 15-06-2012), CONDENA al ciudadano EYMER JOSÉ RUEDA PEÑA, venezolano, natural de Mérida, nacido en fecha 17/02/1990, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.198.123, comerciante, domiciliado en: Ejido, calle Principal San Martín, casa 2-A, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0424-7014624, YORDI LUIS BLANCO MADRIZ, venezolano, natural del estado Mérida, nacido en fecha 08/04/1993, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-20.848.555, obrero, domiciliado en Aguas Calientes, casa 6, calle principal, Municipio Campo Elías del estado Bolivariano de Mérida, teléfono 0414-3747441. (Actualmente Recluido en el Centro Penitenciario de la Región Andina), por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto en el artículo 455 del Código Penal, y por aplicación de los artículos 37, 74.....