Por todos y cada uno de los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra y Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República, por mandato de la Constitución y por la Autoridad que le Confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR, el Divorcio conforme al criterio jurisprudencial emitido por la Sala Constitucional en fecha 02 de junio del año 2015 expediente número 12-1163, sentencia número 693, solicitado por los ciudadanos NAUDIA AMARILY VEGAS ALBORNOZ y EDGAR EDUARDO ESCALANTE PEREIRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. 11.224.588 y V-8.044.524 en su orden, domiciliados en la ciudad del Vigía Estado Mérida.
EN CONSECUENCIA: Se declara disuelto el vínculo matrimonial que une a los ciudadanos NAUDIA AMARILY VEGAS ALBORNOZ.....