Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decide: PRIMERO: Condena al acusado PABLO EMILIO MUÑOZ VELA, cumplir la pena de quince (15) años de prisión como autor responsable del delito de TRÁFICO AGRAVADO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, conforme al artículo 34 en armonía con el artículo 43 de la Ley Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. Esto para que se cumpla tentativamente el día 26-04-2020. El penado continuará privado de su libertad hasta que el Tribunal de Ejecución decida lo procedente. SEGUNDO: Condena al acusado PABLO EMILIO MUÑOZ VELA a cumplir las penas accesorias, previstas en el artículo 16 del Código Penal, esto es inhabilitación política durante el tiempo de la condena y la sujeción de la autoridad por una quinta parte del tiempo de la condena y la perdida de los .....