En consecuencia, este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO N° 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, CONSTITUIDO COMO TRIBUNAL UNIPERSONAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ABSUELVE al acusado: JONNY JOSE MONTILLA ESPINOZA, de la Acusación interpuesta por el Fiscal del Ministerio Público, en la comisión del delito de Homicidio Culposo previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Penal venezolano, en perjuicio de IDICSON ANTONIO MESA PABLO. Se ordena el cese de la medida de Cautelar que le haya sido impuesta al acusado. No se condena al pago de costas procesales de conformidad con el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Publicada la decisión y firme la misma, se acuerda la remisión del legajo de actuaciones al Archivo Judicial para su guarda y custodia. Con la lectura de la parte dispositiva del fallo, quedan las partes notificadas para la publicación de.....