en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara en el presente proceso la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, en consecuencia extinguido el proceso de DESALOJO, intentada por el ciudadano: HASSAN BAHSAS MOLAEB, venezolano, licenciado en química, mayor de edad, soltero, titular de la cédula Nro. V-10.681.410 y hábil, contra el ciudadano: TIENDA´S MEGAS + C.A., INSCRITA ANTE EL Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, con sede en El Vigía, en fecha 27 de octubre de 2.009, bajo el Nro. 29, Tomo 18-A, representada por su Presidente ciudadano Yonny Julio Marquina Núñez, mayor de edad, venezolano, soltero, comerciante, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.237.443. y hábil. Así se decide.-
No hay condenatoria en costas conforme lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.