ESTE TRIBUNAL DE CONTROL Nº 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: ACUERDA: SOBRESEER, en aplicación de los artículos señalados a lo largo de la decisión y los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con los artículos 58 de la Ley Penal del Ambiente y 108 ordinales 5º del Código Penal, y en consideración de los derechos y garantías Constitucionales vale decir, artículos 26, 257, 24 de la Constitución de la Republica, el cual favorece a los imputados de autos, se acuerda, el sobreseimiento de la presenta causa, seguida al imputado JOSÉ ANTONIO CONTRERAS CARRERO y JOSÉ RUPERTO PEÑA supra identificados, por el delito de CONTRABANDO y CORRUPCION PASIVA IMPROPIA, previsto en el artículo 103 Literal "A" de la derogada Ley Orgánica de Aduanas en concordancia con el artículo 107, Literal "C" Ejusdem y articulo 67 de la Ley .....