Este Tribunal en cumplimiento a comisión conferida por el Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el sitio indicado por la parte actora; para dar cumplimiento a lo ordenado en el presente cuaderno de Secuestro. CONCLUSIÓN. Este Tribunal visto el pedimento hecho por el Apoderado Judicial actor Abogado Arturo Contreras, se abstiene de practicar la medida de secuestro en este momento y acuerda devolverse a su sede natural, y fijará nuevamente oportunidad para su ejecución, previa solicitud de la parte y dentro de la disponibilidad de tiempo que tenga el Tribunal.