Este Tribunal en cumplimiento de la comisión conferida por el Juzgado Primero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó y constituyó en el sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÓN En este estado este Tribunal Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, visto el pedimento que antecede y en cumplimiento a la comisión conferida, Administrando Justicia en nombre de la República bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formal y solemnemente Secuestrado el inmueble consistente en un apartamento, de conformidad con el artículo 599 ordinal 7º del Código de Procedimiento Civil, queda afecto el inmueble para responder a la arrendataria si hubiere lugar a ello, y lo deposita en la persona de su propietario Ciudadano: Zujer Al Eissami Al Aissami, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.966.149.....