En mérito de las consideraciones que anteceden, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control Tercero del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión el Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, acuerda SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, en la causa instruida en contra del ciudadano YORDANO ALBERTO RONDON LEAL, venezolano, natural de El Vigía, Estado Mérida, portador de la cédula de identidad No V-. 19.503.458, soltero, nacido en fecha 02-12-89, de profesión u oficio obrero, grado de instrucción cuarto año, de 21 años de edad, hijo de Domingo Alberto Rondón Rangel y Aliria Leal Guillen, residenciado en el Barrio El Carmen, con calle 03, con Avenida 17, Casa No 12-225, al lado de "Topo Limpio", El Vigía, Municipio Alberto Adriani del Estado Mérida, teléfonos 0424-7479086 y 0275-8083760, por la comisión del delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre.....