Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 12 de julio de 2001, por la parte demandada, sociedad mercantil PEPEGANGA C.A., contra la sentencia definitiva de fecha 05 de febrero de 2001, dictada en la presente causa por el Juzgado de Primera Instancia del Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida. Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta el 04 de febrero de 1998. Se CONDENÓ a la parte demandada, empresa mercantil PEPEGANGA C.A., a pagar al actor, ciudadano JUAN MANUEL TRONCOSO TORRES, la cantidad de DOCE MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO TREINTA Y NUEVE BOLÍVARES CON CINCUENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 12.053.139,57), por los conceptos e indemnizaciones laborales discriminados en la parte motiva de la sentencia. Se CONFIRMÓ el fallo recurrido.