este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA POR el Ciudadano KAMIL SAAB SAAB, venezolano, mayor de edad, Abogado, titular de la cédula de Identidad Nº 3.495.216, e inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 13.050 en contra de las ciudadanas MARIA ADELISA SALCEDO PEÑA Y ALBA MARIA SALCEDO PEÑA, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédula de Identidad Nros. 3.767.225 y 3.995.106 respectivamente en su orden, domiciliado en Mérida, Estado Mérida en su condición, la primera de Arrendataria y la segunda en su condición de Fiadora. MOTIVO: RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO Y COBRO DE BOLIVARES. En consecuencia se DECLARA RESUELTO el contrato privado de fecha Primero (1ero) de noviembre del dos uno (2001), y por cuanto del Cuaderno de Medidas se evidencia que el inmu.....