Este Tribunal de Control N° 04, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: PRIMERO: En cuanto a lo solicitado por la Defensa Privada, que se le oiga declaración a los investigados MARTINEZ VANEGAS JAIFRE EMILIO Y MARTINEZ GUTIERREZ FREDDY EMILIO, antes identificados, por la presunta comisión del delito precalificado de APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA Y APROPIACIÓN INDEBIDA CALIFICADA EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATA, en perjuicio de SNACKS AMERICA LATINA FRITO LAY, previsto y sancionado en los artículos 266 en concordancia con los artículos 268y 83 del Código Penal; de conformidad con los artículos 125, 130, y 131 del COPP. El Tribunal así lo acordó de conformidad con los artículos señalados y articulo 49 ordinal 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y los investigados declararon tal como se indico al inicio de la presente decisión; así mismo, oído la representación fiscal, en cuanto se mante.....