Este Tribunal, de conformidad con el único aparte del artículo 740 del Código de Procedimiento Civil, en virtud que la presente interdicción se tramitó a instancia de parte, y por encontrar motivos suficientes para ello, decreta la INHABILITACIÓN de la ciudadana ILDA HERNÁNDEZ MOLINA, antes identificada, con todas las consecuencias legales que dicha declaratoria implica.
Al quedar definitivamente firme la presente decisión, se emitirá pronunciamiento en cuanto a la curatela de la inhabilitada.