PRIMERO: Se designa como lugar de reclusión para el penado JOSE GREGORIO RAMIREZ FERNANDEZ, antes identificado, el Centro Penitenciario de La Región Andina, ubicado en San Juan de Lagunillas Estado Mérida, haciéndose el cómputo respectivo, de conformidad con lo establecido en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, se observa que el mencionado penado fue detenido en fecha 11/09/2023, hasta el día de hoy 14/10/2024 permaneció privada de Libertad en el Destacamento N° 222 Primera Compañía del a Guardia Nacional Bolivariana con sede en El Vigía, por un lapso de UN (01) AÑO, UN (01) MES y TRES (03) DIAS, que se le computan como pena cumplida y por cuanto fue sentenciado a cumplir la pena de SIETE (07) AÑOS DE PRISION, más las accesorias de ley, de conformidad con lo establecido en el articulo 16 numeral 1 del Código Penal, le falta por cumplir la pena de, CINCO (05) AÑOS, DIEZ (10) MESES y VEINTISIETE (27) DÍA DE PRISIÓN, finalizando aproximadamente el 11/09/2031. Igualmen.....