DISPOSITIVO.
Primero: Se repone la causa al estado que la Jueza Tercera de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, continué con el procedimiento establecido en el artículo 190 de la Ley orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese y Regístrese.- Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 1384 del Código Civil y a los fines legales previstos en los ordinales 3 y 9 del artículo 72 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen y del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en Mérida a los quince (15) días del mes de enero de dos mil siete (2007).-
Año 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
El Juez,
Abg. ALIRIO OSORIO
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