Por las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A fundamentado en el Artículo 185 del Código Civil Venezolano, vinculante con la Sentencia Nº 446, de fecha 15 de mayo de 2014, dictada por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, hecha por los ciudadanos YOSNARDY ANTONIO PEREIRA MORA y ROSMARY DEL CARMEN DAVILA FERREBUS, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, solteros, titulares de las cédulas de identidad Nº V-18.637.609 y V-19.901.114, de estado Civil casado de profesión militar y segunda de actividades comerciales, respectivamente, domiciliado, en esta Ciudad de El Vigía, del Estado .....