En virtud de las consideraciones expuestas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales y en las sentencias vinculantes de fecha 1º de febrero de 2000 y 18 de mayo de 2007, dictadas por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, este Juzgado, actuando en sede Constitucional, ordena la notificación de los ciudadanos ROSA ELENA MARQUINA y BAUDILIO ANTONIO REINOZA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.018.587 y V-8.024.050, domiciliados en la ciudad de Mérida Estado Mérida, en su condición de Presidente y Secretario de la COMISIÓN ELECTORAL DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS TRABAJADORES DE LA UNIVERSIDAD DE LOS ANDES (FONJUTRAULA), para que, dentro de los dos (2) días siguientes a que conste en autos su notificación, excluidos de ese cómputo los días sábados, domingos y feriados, proceda a subsanar los defectos de que adolece la solicitud de am.....