Este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello y Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo previsto en los Artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, DECRETA las presentes actuaciones "TITULO SUFICIENTE Y BASTANTE PARA PERPETUA MEMORIA", y declara como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDERAS de la causante ANA DEL CARMEN MORENO DE GUERRERO, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 9.196.321, fallecida ab-intestato el día 11-10-2016, en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida, a su cónyuge ciudadano JOSE OMAR GUERRERO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 6.158.495, domiciliado en la población de Mesa Bolívar, del Estado Mérida Boli.....