Decisión
Por todo lo expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: La aprehensión en situación de flagrancia del ciudadano SAMUEL BECERRA GUERRERO, supra identificado, por estar llenos los extremos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: Precalifica el hecho como Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en los artículos 34 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
TERCERO: Acuerda tramitar la presente causa por el procedimiento ordinario. En tal sentido, remítase la presente causa en la oportunidad legal a la Fiscalía del Ministerio Público, a los fines que realice las investigaciones correspondientes.
CUARTO: Impone al ciudadano SAMUEL BECERRA GUERRERO, la medida cautela.....