En mérito a las anteriores consideraciones este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS CAMPO ELÍAS Y ARICAGUA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley y a tenor de lo establecido en el Artículo 76 Primer Aparte de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de los Artículos 365, 366 y 523 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños y Adolescentes DECLARA CON LUGAR, LA DEMANDA DE REVISIÓN DE OBLIGACIÓN ALIMENTARÍA formulada por las ABOGADAS IVONNE RANGEL VELÁSQUEZ y EDDYLEIBA BALZA PÉREZ, Fiscales Novena y Auxiliar de la Fiscalía Novena de Protección del Niño, el Adolescente y la Familia del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en defensa y resguardo de los derechos de los ciudadanos adolescentes y niño EDDISON JAVIER, JUAN MANUEL, YESI MARLYN DEL CARMEN y OSCAR ALEJANDRO ALBARRAN MANRIQUE, de 17, 16 ,12 y 10 años de edad, respectivamente, en .....