DISPOSITIVA
En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas en Materia de Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara la EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL y por ende la responsabilidad criminal y como consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO de la presente causa seguida al ciudadano JOSÉ ABEL SANCHEZ DÁVILA, natural de Tucán, estado Bolivariano de Mérida, nacido en fecha 19-07-1983, de 33 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-18.123.608, domiciliado en: Loma de los maitines, vía jaji, calle principal, casa s/n, frente al Colegio Fe y Alegría, Municipio Libertador del estado Bolivariano de Mérida. Teléfono 0416-7766340; por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA AGRAVADA previstos y sancion.....