PRIMERO: INADMISIBLE IN LIMINE LITIS LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta en fecha 07 de abril del 2009, por el ciudadano ARMANDO MANUEL CADENAS, ABOGADO ASISTENTE: JUAN BAUTISTA GUILLEN GUILLEN, en contra de la ESTACION DE SERVICIO LOS ESTANQUES, S.R.L. en la persona de su representante legal, LESBIA CONTRERAS DE RODRIGUEZ, titular de la cédula de identidad número 8.032.117.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.