Este Tribunal en cumplimiento de la Comisión conferida por el Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, se trasladó al sitio indicado por la parte actora. CONCLUSIÓN: Este Tribunal, visto lo solicitado por el Apoderado Judicial Actor: Piero Contreras Morales, se abstiene en este momento de practicar la medida de Embargo Preventivo, y por cuanto tiene disponibilidad de tiempo, fija la presente ejecución para el día Jueves 22 de Abril de 2.010, a las once de la mañana, y acuerda, oficiar al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Mérida, solicitando dos (2) efectivos adscritos a ese organismo para que acompañen al Tribunal en la práctica de la medida acordada y al Consejo de Protección del Niño Niña y del Adolescente del Municipio Libertador del Estado Mérida, a objeto que estén atentos al llamado, por sí se presenta la necesidad de medida cautelar de abrigo a los menores y/o adolescentes, que se encu.....