Noventa y nueve (99)
GADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y DE MENORES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Mérida, quince (15) de mayo de dos mil seis (2.006).-
196º y 147º
Vencido como se encuentra el lapso para que las partes hagan uso de la facultad de solicitar aclaraciones o ampliaciones contra la sentencia dictada en fecha 24 de abril de 2.006, de conformidad con lo establecido en los artículos 252 y 314 del Código de Procedimiento Civil, se declara firme la misma y se acuerda bajar el expediente al Tribunal de la causa. Certifíquese copia del presente auto; remítase el presente expediente con oficio y désele salida.
El Juez Temporal,
Homero José Sánchez Febres.
La Secretaria,
María Auxiliadora Sosa Gil.
Certifíquese por Secretaría, para su archivo, copia del auto anterior, de conformidad con lo previsto en el artíc.....