Tribunal Ejecutor de medidas de Los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA PRIMERO: Se acuerda materializar la Medida de Embargo sobre el bien señalado. SEGUNDO: Desígnense los Auxiliares de Justicia (perito y Depositaría Autorizada). TERCERO: Se Acuerda, el pedimento hecho por la ejecutante, con fundamento en el Articulo 537 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE.