Se decretó pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, de conformidad con los artículos 13 y 22 del Código Penal al penado ALDEMARO SANTIAGO VOLCANES, quien deberá presentarse ante la primera autoridad de Pueblo Llano, Municipio Cardenal Quintero, cada vez que entre o salga de esa jurisdicción durante un lapso de cuatro años, cuatro meses y quince días; es decir hasta el día 30 de septiembre de 2011.